[Geoinfo] Rv: Argentina: La Corte Suprema de Justicia de la Nación daría audiencia x el Río Atuel en el 2009
Alicia Sangineti
alicia.sangineti en yahoo.com.ar
Lun Ene 5 11:05:44 ART 2009
--- El dom 4-ene-09, Justicia x Rio Atuel <yunca en cpenet.com.ar> escribió:
De: Justicia x Rio Atuel <yunca en cpenet.com.ar>
Asunto: Argentina: La Corte Suprema de Justicia de la Nación daría audiencia x el Río Atuel en el 2009
Fecha: domingo, 4 de enero de 2009, 10:06 pm
Boletín
Electrónico "Edición
Especial"
ISSN 1666-4655
News Letter - Asociación Alihuen
05 de Enero 2009
Publicación
electrónica de la Asociación
ALIHUEN . Registrada en el Centro
Argentino de Información Científica y
Tecnológica
Amigos, aquí les
enviamos esta "Edición
especial"
con las últimas novedades de la Demanda
presentada ante la CSJN reclamando por el Caudal fluvio ecológico del
Río Atuel y sus Humedales. Las novedades fueron brindadas por
el Dr. Andrés Gil Domínguez -Abogado Constitucionalista y nuestro representante
ante la Suprema Corte de Justicia de La Nación-
Esperamos que el material les
sea de utilidad y les agradeceremos que
le den difusión.
Saludos y Felices Fiestas!!!
Ing. Agr. Leandro Altolaguirre
Presidente Asociación ALIHUEN
Rio ATUEL: Andrés Gil Domínguez, informe
de situación
http://www.alihuen.org.ar/salvemos-los-banados-del-rio-atuel-/rio-atuel-andres-gil-dominguez-informe-de-situ.html
El
jueves 18 de diciembre se realizó en Santa Rosa, La Pampa (en
salón “Los Pioneros”, de la Cooperativa Popular de
Electricidad) la
Conferencia a cargo del Dr. Andrés Gil Domínguez, Abogado
Constitucionalista y representante ante la Suprema Corte de Justicia de
La Nación de la
demanda presentada por
la FUCHAD y ALIHUEN con el objeto
de revertir el daño ambiental causado a la cuenca inferior del Río Atuel por
parte del Gobierno Mendocino.
A continuación se reproduce el audio de su
exposición, en los que desarrolla los cuatro puntos más importantes
concernientes a la demanda:
1) Situación jurídica al momento de iniciar
la demanda. Duración audio 10.13 min.
En 1987 la Corte Suprema
de Justicia falló que el Río Atuel es interjuridiccional. Además, exhortó a las
provincias a celebrar convenios tendientes a una participación razonable y
equitativa de los usos futuros de sus aguas. En los fundamentos de la sentencia
se destaca que la utilización del curso de agua debe ser equitativa y razonable.
Sin embargo, nunca se concretó el mandato expreso de la Corte porque Mendoza
tuvo una postura reticente de su cumplimiento. Desde esta óptica, La Pampa nunca
perdió, sino que fue Mendoza quien no cumplió con la sentencia.
2) Las
alternativas jurídicas disponibles: cuáles fueron las elegidas, cuáles eran las
pretensiones y sus fundamentos. Duración audio 14.59 min.
Alihuen y
Chadileuvúse presentaron
ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Plantearon la figura como tercero principal o excluyente, o
bien subsidiariamente, como tercero litisconsorcial y le solicitaron que
convoque a la Provincia de La Pampa, a la Provincia de Mendoza, al Defensor del
Pueblo de la Nación y a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del
Estado Nacional a una audiencia oral y publica a efectos de establecer las
acciones concretas que deberán adoptarse con el fin de hacer cesar de forma
inmediata el daño ambiental colectivo generado en la Provincia de La Pampa
debido a la omisión de ambas provincias de celebrar los respectivos convenios
tendientes a una participación razonable y equitativa en los usos de las aguas
del Río Atuel, como así también, garantizar el caudal
fluvio ecológico
mínimo en el curso inferior del
Río Atuel hasta tanto se concreten las medidas que resuelva el Alto
Tribunal.
El derecho fundamental y el derecho humano al agua
expresado en la Observación General 15 del Pacto de los Derechos
Económicos Sociales y Culturales -de las Naciones Unidas- declara que el agua es
un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la
salud. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es
condición previa para la realización de otros derechos humanos. Los elementos
del derecho al agua deben ser adecuados a la dignidad, la vida y la salud
humanas, de conformidad con el PACTO.
3) Cuáles
es el estado de situación actual de la acción en la Corte Suprema y cuáles son
las proyecciones que se pueden realizar, considerando el carácter eventual de
las mismas. Duración audio 6.25 min.
El expediente en la Corte
Suprema de Justicia de la Nación se desarrolló en el siguiente orden:
03/07 Petraqui; 04/07/08 Higthon; 16/09/08 Maqueda; 08/10/08 Argibay;
31/10/08 Lorenzetti; restando que lo vean dos magistrados.
La perspectiva dentro de la eventualidad es que la Corte
llame a una audiencia pública informativa o de conciliación.
4) Proyección delconvenio
interjuridiccional
ratificado por la legislatura pampeana, y
que se aguarda aún que lo haga la mendocina por el Rio Atuel.
Duración audio 4.34 min.
¿Este convenio cumple
con el mandato de la Corte de celebrar acuerdos de buena fe, que realmente
hagan un uso razonable y equitativo del agua, que garantice la plena vigencia
del derecho colectivo a un ambiente sano y equilibrado donde se evite el daño
ambiental, y donde impacta en otros, en los derechos civiles y políticos y
otros derechos como los sociales económicos y culturales? Esta es la cuestión a
debatir.
Quizás este convenio puede ser un
buen punto de partida, pero no se puede pensar que en que se ha llegado a
una solución satisfactoria. Existen serias dudas en que se concretice. De hecho,
la oposición ha planteado dudas técnicas sobre si este convenio bilateral no
viola otros (regionales, interjuridiccionales) celebrados en torno al Río
Colorado, que –según la perspectiva constitucional- tienen más valor.
*!Demanda presentada en la CSJN por el rio Atuel por Alihuen
y la FUCHAD!!!
*Convenio
marco celebrado entre los ministros del
interior y planificación federal, inversión pública y servicios de la Nación, y
las provincias de La Pampa y Mendoza, de aprovechamiento por partes iguales de
ambas provincias, de la mayor disponibilidad de agua que resultará de la
realización de un conjunto de acciones a realizar en el Río Atuel
*Bañados del Río Atuel -Mendoza, La Pampa-
un Humedal de Importancia Internacional
La iniciativa “T o d o
s p o r e l A t u e l”
impulsada por Alihuen propone incorporar los Bañados del RIO ATUEL, a la Lista
de Humedales de Importancia Internacional o Sitios Ramsar". Esta solicitud tiene
el respaldo de más de 25.000 personas firmantes y 400 Instituciones (ONGs,
asociaciones, cámaras, prensa, autoridades, fundaciones, etc.) que pedimos
asegurar el caudal mínimo fluvioecológico y la protección de los Bañados del Río
Atuel (Pampeano/mendocino), esperando que los mismos sean incluidos en la lista
de Humedales de Importancia Internacional (Sitios Ramsar). Cabe recordar la
Declaración 1441 D 03 de la Cámara de Diputados de La Nación que solicita
incorporar los Bañados del Río Atuel en La Pampa y Mendoza a la lista de
Humedales de importancia internacional.
*Galerías de Fotos
de los Bañados del Río Atuel
*Defensor
del Pueblo: Ref. EXPTE. 5850/04
Alihuen: Palabra de origen
mapuche cuyo significado es "Árbol en Pie"
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